• 17 de enero, 2019 - Mociones

    La escuela de Aire Libre tiene como objetivo el fomento de los deportes de montaña y naturaleza, creando un ambiente distendido donde se fomenta la relación, el compañerismo y la solidaridad.

    Esta escuela municipal, que lleva décadas funcionando en nuestro municipio, se ha demostrado como un espacio saludable e integrador que atiende a niños, niñas y jóvenes de 6 a 17 años.

    Actualmente las actividades se llevan a cabo los miércoles de 17:30 a 19 horas en el colegio público San Andrés para niños de 6 a 12 años, y los viernes de 17:30 a 19 horas en el colegio público Federico García Lorca, para jóvenes de 13 a 17 años. Se complementa con una salida de fin de semana al mes en la que los participantes practican senderismo, talleres, manualidades, escalada, piragüismo, etc. Permite a nuestra infancia y juventud disfrutar del tiempo libre con la práctica de deportes alternativos, juegos de grandes grupos y actividades de educación medioambiental.

    La Escuela de Aire Libre ha estado siempre gestionada de forma directa por el Ayuntamiento, actualmente por el Servicio Municipal de Deportes.

    El Grupo Municipal de Ganemos Colmenar ha tenido conocimiento de que el Equipo de Gobierno está trabajando en la redacción de unos pliegos para la adjudicación de un contrato que gestione la Escuela de Aire Libre.

    Ganemos Colmenar es firme defensor de la gestión directa de servicios y nos posicionamos en contra de las tendencias privatizadoras en la gestión de los servicios, pero mucho más cuando tienen que ver con la educación en valores de nuestros menores, por eso entendemos que el Equipo de Gobierno debe adoptar las medidas necesarias para que la Escuela de Aire Libre siga siendo gestionada por el Ayuntamiento de Colmenar Viejo.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte el siguiente ACUERDO:

    Mantener la gestión publica del la Escuela de Aire Libre del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.

  • 27 de noviembre, 2018 - Mociones

    Esta solicitud está fundamentada en el uso desleal del cargo para el que fue contratado que está realizando D. Borja García Pastor.

    La persona encargada de las redes sociales del Ayuntamiento debe abstenerse de realizar comentarios en Facebook, tanto a nivel particular como desde un perfil falso.

    No puede realizar manifestaciones que provoquen crispación tratando de desprestigiar a la oposición y generando opinión política.

    Refuerza esta solicitud de cese las declaraciones efectuadas a los medios de comunicación, en las que se observa que el Jefe de Gabinete entiende que se debe en exclusiva al PP: “mi opinión profesional yo sólo se la doy a quien me paga”, obviando que le pagamos todos los vecinos de Colmenar Viejo y que el cargo que ocupa no está ligado a defender los intereses del Partido Popular.

    Por todo lo expuesto Ganemos Colmenar propone que se adopte el siguiente ACUERDO:

    Solicitar al Alcalde el cese inmediato de D. Borja García Pastor como Jefe de Gabinete de Alcaldía.

  • 14 de noviembre, 2018 - Mociones

    El Polideportivo Lorenzo Rico ha sido, y sigue siendo, el complejo deportivo municipal más grande y diverso de Colmenar Viejo, en el que se reúnen diferentes instalaciones para la práctica de un gran número de deportes al mismo tiempo.

    Sin embargo, a pesar de ello, sufre grandes y graves deficiencias, lo que repercute negativamente en los numerosos usuarios de estas grandes instalaciones deportivas. Son múltiples y diversos los problemas que hemos podido observar en este complejo deportivo y que, a pesar de que todos ellos han ido siendo reclamados en repetidas ocasiones tanto por diferentes Grupos Municipales, como por clubes deportivos y usuarios individualmente, no solo no se solucionan, sino que se van acumulando y ampliando.

    Ya en octubre de 2017 Ganemos Colmenar presentó una moción para estudiar el estado del Pabellón “B” del Lorenzo Rico. Sin embargo, aunque parecía que todos los Grupos compartían la necesidad de poner una solución a este espacio deportivo, la moción quedó sobre la mesa y, más de un año después, no sabemos qué pasos ha dado el Gobierno, si es que ha dado alguno al respecto. La moción iba encaminada a poner solución al gran problema existente con la ventilación y la climatización de este Pabellón “B”, que provoca que, por la extrema sencillez de su construcción y por ahorrar costes, no se instalaran ni elementos aislantes suficientes ni un correcto sistema de ventilación, con lo que los usuarios tienen que sufrir unas condiciones de temperatura indignas para un municipio como Colmenar Viejo.

    Pero este Pabellón “B” no sólo tiene estos problemas, puesto que meses después de la moción de Ganemos Colmenar se hicieron virales unos vídeos y fotografías sobre las graves inundaciones que había sufrido este complejo deportivo y quehabían afectado, entre otras partes, a este Pabellón “B”. El problema que surgía es que por una evidente falta de mantenimiento había muchos elementos de enorme peligro que, en contacto con el agua, podían haber provocado una desgracia. Es el caso de cajas de enchufes rotas y/o “tapadas” con cinta aislante y a muy baja altura, con lo que pudo haber llegado el agua hasta ellas, con el gran peligro que ello habría supuesto. Estos enchufes han sido reparados esta misma semana, “sólo” 6 meses después de la gran inundación, es decir, que han pasado 6 meses existiendo los mismos riesgos y problemas por posibles inundaciones, como ya ocurriera el pasado mayo.

    Por desgracia, los problemas en el Pabellón “B” no acaban aquí, y es que la falta de mantenimiento hace que falten asientos de la grada, que otros estén rotos y no se hayan repuesto, o que los vestuarios se encuentren contínuamente con las duchas averiadas, así como con puertas rotas y que no se reparan,entre otros problemas.

    Tampoco podemos olvidar que desde hace aproximadamente 5 años no se presta el servicio de cafetería en el Lorenzo Rico. A pesar de que Ganemos Colmenar hemos preguntado de forma recurrente a las Concejalas de Deportes de turno durante esta legislatura, y que siempre se nos ha dicho que sólo faltaba un informe, la realidad es que no se presta este servicio de cafetería desde hace 5 años, y la máquina de vending instalada no puede ni debe ser la sustituta de un servicio demandado por vecinos y visitantes que vienen a hacer uso de las instalaciones deportivas, o a participar o presenciar alguna competición deportiva de las que todos los fines de semana se celebran en este Polideportivo Lorenzo Rico.

    Por todo ello, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopten los siguientes ACUERDOS:

    UNO.- Que se reparen de forma urgente todos los problemas existentes en el Pabellón “B” del Lorenzo Rico (tales como asientos, puertas, duchas, etcétera).
    DOS.- Que se incluya una partida en el Presupuesto de 2019 para la renovación total del aislamiento y del sistema de ventilación del Pabellón “B”.
    TRES.- Que se saque a licitación pública de forma urgente el servicio de cafetería del Polideportivo Lorenzo Rico.

  • 14 de noviembre, 2018 - Mociones

    ‘Bombardeo de Colmenar Viejo’ es el título del imponente óleo sobre lienzo realizado por Antonio Rodríguez Luna en 1937. Un cuadro cuya exhibición temporal en el municipio consideramos necesaria. El cuadro tiene una importancia vital en la historia de nuestro pueblo, y el autor es capaz de imprimir en esta obra expresionista el terror de las bombas. La obra recoge los bombardeos de 1937 en Colmenar Viejo, y transmite la impotencia de un pueblo que sufrió el ataque aéreo de las tropas fascistas.

    Antonio Rodríguez Luna Montoro, Cordoba, Spain, 1910 - 1985

    La obra fue elaborada para la Exposición Universal de París de 1937 y tuvo una gran acogida por parte de público y crítica. El pabellón español fue una muestra de los mejores artistas españoles de la época, que a pesar de estar inmersa en plena Guerra Civil fue capaz de llevar una muestra de sus mejores talentos. El resultado fue un pabellón español vanguardista, innovador y llamativo que terminó convirtiéndose en un hito importante en la historia del arte.

    El objetivo de la obra era denunciar las atrocidades que se estaban cometiendo en la contienda española y, al mismo tiempo, mostrarle al mundo que, a pesar de todo, España era un país democrático, moderno, con una educación y una cultura de altísimo nivel.

    Hoy Colmenar Viejo tiene una oportunidad de recuperar el espíritu de los artistas españoles que participaron en la Exposición Universal de París, exhibiendo por primera vez el cuadro de Antonio Rodríguez Luna en Colmenar Viejo. Este hito debe servir también para recordar a aquellos que sufrieron los ataques contra la democracia. En nuestro pueblo los aviones que conformaban la legión Cóndor descargaron sus aniquiladoras bombas incendiarias sobre la población civil.

    Con la exhibición de este cuadro la historia tantas veces ocultada verá la luz y con ello dignificamos a las víctimas de este triste capítulo de nuestro pasado. Conviene recordar que durante la Guerra Civil la población de Colmenar Viejo sufrió dos importantes bombardeos a manos de las tropas fascistas. El primero fue el llamado “bombardeo de noche”, el 21 de julio de 1937 Colmenar Viejo, se convirtió en un horror de fuego, ruinas, muerte y destrucción. Los pilotos alemanes arrojaron bombas incendiarias y, posteriormente, ametrallaron a la población. El segundo bombardeo fue el llamado “bombardeo de día”, en la mañana del domingo 28 de noviembre de 1937. Las consecuencias de estos dos bombardeos fueron cientos de heridos y 74 civiles muertos, muchos de ellos niños, al alcanzar las bombas varios refugios. Además, se produjo un importante número de bajas militares.

    Por todo lo expuesto Ganemos Colmenar propone los siguientes ACUERDOS:

    PRIMERO: Solicitar al Museo Reina Sofía la cesión temporal de la obra Bombardeo de Colmenar Viejo de Antonio Rodríguez Luna y referencia AD00313 para su exposición temporal en el Excelentísimo Ayuntamiento de Colmenar Viejo. Para completar la exposición se solicitará también al Museo Reina Sofía los Dieciséis dibujos de guerra; la serie Emisarios del Pasado; los dibujos de Bombardeo en Colmenar Viejo y Bombardeo en Barcelona; el dibujo La Guerra; y la serie sobre Españoles en los campos de concentración.

    SEGUNDO: Mostrar el reconocimiento de esta Corporación Municipal a las víctimas de los bombardeos de Colmenar Viejo en las noches del 21 de julio y el 28 de noviembre de 1937, y la condena de estas terribles atrocidades cometidas por la división Cóndor y el ejército franquista.

  • 14 de noviembre, 2018 - Mociones

    Ganemos Colmenar apuesta por la gestión directa de los servicios e instalaciones públicas municipales y considera que es más eficiente, más transparente, más barata, más democrática e incluso más beneficiosa para los ciudadanos y ciudadanas. Esta modalidad, asegura mejor control y dirección del servicio que se presta, al eliminar intermediarios y ser el personal municipal responsable directo de su calidad y de la correcta prestación del mismo.

    Cada vez que se opta por la gestión indirecta de algún servicio público se suele utilizar como pretexto el ahorro económico que implica este modelo. Argumento absolutamente erróneo, ya que una gestión directa de los servicios es mucho más barata, aunque sólo sea por la eliminación del beneficio empresarial y de impuestos como el IVA.

    Es necesario contar con herramientas jurídicas que nos permitan llevar a cabo esta apuesta por la remunicipalización de servicios, y entendemos que la creación de una empresa pública es la vía menos problemática.

    La existencia de una Empresa Municipal de Servicios con un amplio objeto social permitiría a la corporación gestionar directamente aquellos servicios que decidiera. Somos conscientes de que es preciso un previo estudio jurídico y económico que ampare nuestra pretensión, ya que el marco jurídico para la remunicipalización no es el más favorable desde que la reforma del artículo 135 de la CE trajo consigo una nutrida serie de normas que limitan la autonomía municipal. No obstante el GM de Ganemos Colmenar entiende que el marco legislativo sigue siendo favorable para la gestión directa. Establece el artículo 85 de la Ley de Bases del Régimen Local, que “los servicios públicos de competencia local habrán de gestionarse de la forma más sostenible y eficiente de las enumeradas” siendo la gestión directa la establecida en primer lugar.

    Por otro lado, aunque tras la reforma legislativa, la disposición Adicional Novena de la Ley de Bases de Régimen Local impide la constitución de nuevas entidades instrumentales cuando la entidad local está sometida a un plan económico-financiero, y ese es el caso en el que se encuentra el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, nuestro plan plan económico-financiero finaliza en diciembre de 2018, por lo el 2019 podría ser un momento idóneo para afrontar el reto de constituir una empresa municipal.

    Es preciso señalar que el Ayuntamiento de Colmenar Viejo cuenta con una situación económica y financiera absolutamente saneada, no existe deuda, ha mantenido el cumplimiento de la estabilidad presupuestaria y el periodo medio de pago a proveedores es inferior a 30 días, por lo que, en este sentido, no existe impedimento alguno para la constitución de una empresa pública.

    Por estos motivos, el Grupo Municipal de Ganemos Colmenar PROPONE que se adopte el siguiente ACUERDO:

    ÚNICO: Que los servicios jurídicos y económicos del Ayuntamiento de Colmenar Viejo realicen un informe para estudiar la viabilidad de crear una Empresa Municipal de Servicios.

  • 06 de noviembre, 2018 - Mociones

    El reconocimiento de la diversidad poblacional que concurre actualmente en el Estado español, obliga a las diferentes administraciones públicas a diseñar una política de actuación. La constatación de que en Colmenar Viejo existe más de un 13% de población -empadronados- de origen inmigrante, crea la obligación a, que este Ayuntamiento tome las medidas necesarias que, prioritariamente, favorezcan la integración social y laboral de la población inmigrante en la sociedad colmenareña.

    La creación de órganos complementarios que garanticen la participación de este sector de población en los asuntos públicos, no solo favorecerá el respeto de los derechos y el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los migrantes, sino que además, estos órganos podrán ser una herramienta básica de integración y diálogo entre diferentes sectores de la sociedad colmenareña.

    Por todo ello, el Grupo Municipal de Ganemos Colmenar en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, propone que se adopten los siguientes ACUERDOS:

    1) La creación y puesta en marcha del Consejo Sectorial de las personas migrantes, compuesto por todas aquellas instituciones, organismos, organizaciones y asociaciones que estén relacionadas con este sector de población; cuya razón de ser y objetivo prioritario sea proponer acciones y programas de actuación relativos a las demandas de este colectivo dentro del ámbito de la familia, la salud, la educación , los asuntos legal-administrativos, el empleo, la vivienda y las relaciones interculturales. Así mismo este C.S.I. se ocupará de proponer medidas que favorezcan la asimilación de las obligaciones que debe asumir la población migrante como ciudadanos partícipes de la sociedad colmenareña.

    2) La elaboración y edición de una Guía para la atención de la población migrante que ofrezca información relativa a:

    - Cómo acceder a los servicios de acogida y de atención social

    - La orientación educativa, sociosanitaria y de formación e inserción sociolaboral.

    - Cómo empadronarse para acceder a los servicios municipales; recogerá un índice con los distintos centros de servicios sociales y los centros municipales de salud, servicios educativos y socioculturales.

    - Ofrecer un listado de entidades y proyectos subvencionados por el Ayuntamiento de Colmenar destinados a la atención de la población migrante.

    - Igualmente esta Guía, ofrecerá un listado de las distintas entidades públicas relativas a asuntos sociales, dependientes tanto de la Administración Autonómica como de la Administración Central.

  • 05 de noviembre, 2018 - Mociones

    El Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR solicita el cese inmediato del Jefe de Gabinete de Alcaldía.

    Esta solicitud está fundamentada en el uso desleal del cargo para el que fue contratado que está realizando D. Borja García Pastor.
    La persona encargada de las redes sociales del Ayuntamiento debe abstenerse de realizar comentarios en Facebook, tanto a nivel particular como desde un perfil falso. No puede realizar manifestaciones que provoquen crispación tratando de desprestigiar a la oposición y generando opinión política. El cargo que ocupa no está ligado a defender los intereses del Partido Popular, y consiste en ofrecer la información municipal de la forma más veraz
    posible a todos los vecinos.

    Refuerza esta solicitud de cese las declaraciones efectuadas a los medios de comunicación, en las que se observa que el Jefe de Gabinete entiende que se debe en exclusiva al PP: “mi opinión profesional yo sólo se la doy a quien me paga”, obviando que le pagamos todos los vecinos de Colmenar Viejo. Por otro lado, lejos de pedir disculpas por lo que podría ser un desliz, el Jefe de Gabinete se reafirma en su comportamiento y amenaza con que “el Ayuntamiento podría publicar cosas acerca de los señores de Ganemos”, confundiendo una vez más el Ayuntamiento con el PP y sin aclarar lo que tiene que decir sobre los concejales de Ganemos Colmenar.

    Respecto a la acusación de que Ganemos utiliza perfiles falsos en las redes sociales para realizar insultos, simplemente queremos aclarar que los concejales del GM de Ganemos Colmenar, ni han utilizado, ni utilizamos en la actualidad, ni utilizaremos en el futuro, perfiles falsos, sencillamente porque nos parece indigno que un cargo público utilice una identidad falsa para vertir su opinión.

    Por todos estos motivos, solicitamos el cese inmediato de Borja García Pastor.

  • 13 de septiembre, 2018 - Mociones

    La salud de las personas viene determinada por muchos factores. Entre ellos destacan los estilos de vida, ya que estos suponen un 40% de las causas que influyen en nuestro estado de salud. Según los datos recogidos en la Encuesta Nacional de Salud, el sedentarismo alcanza al 83,3% de los hombres y al 90% de las mujeres, es decir, no cumplen con los mínimos de actividad física que la Organización Mundial de la Salud (OMS), contempla para obtener beneficios en salud. Estos datos no se pueden dejar de lado si se tiene en cuenta que la inactividad física supone la cuarta causa de mortalidad en el mundo.

    La práctica de ejercicio físico, además de prevenir el riesgo de muerte temprana, ayuda a reducir las enfermedades coronarias, la hipertensión arterial, la diabetes, el ictus, el cáncer de mama y el de colon y la depresión. Además, previene el aumento de peso, mejora la capacidad cardiorrespiratoria, la condición ósea y muscular y, la calidad del sueño.

    El ejercicio físico cobra una especial relevancia en las personas con patología crónica, ya que evita la dependencia en edades avanzadas y contribuye a la prevención y tratamiento de enfermedades crónicas. El tratamiento terapéutico a través del ejercicio físico facilita el manejo y convivencia con las enfermedades de los pacientes e incide, por ello, de forma favorable en sus capacidades funcionales.

    Con todos estos argumentos a favor de una vida con ejercicio físico y deporte proponemos una forma nueva de concienciar a las personas que acuden a los centros sanitarios con un problema de salud: recetar deporte​. Los profesionales sanitarios son quienes mejor conocen a sus pacientes y a través de la Receta Deportiva prescribirán el deporte o actividad física que mejor convenga en base a: beneficios esperados, limitaciones derivadas de su patología, preferencias personales y motivación, y disponibilidad de tiempo​.

    La idea es que con esta receta el paciente de Colmenar Viejo tenga una cita con un  profesional deportivo a coste cero, quien le adaptará la actividad física más conveniente a sus necesidades y preferencias. Este “tratamiento” con sus avances y resultados será seguido y evaluado en todo momento por profesionales deportivos y sanitarios. Así mismo, la receta deportiva contemplará una rebaja en precio público por el uso de las instalaciones deportivas municipales del 25%.

    Para poder implementar esta iniciativa el programa “Receta Deportiva” se realiza mediante la colaboración de los profesionales sanitarios de los Centros de Salud de Colmenar Viejo y de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Colmenar Viejo.

    Por otro lado, el coste real de esta medida sería muy reducido y podría llegar a ser inexistente, puesto que la reducción del gasto en subvencionar medicamentos, muchos de ellos caros, podría hacer que la Administración llegase incluso a ahorrar dinero en algunos casos. Se dice desde hace años que el deporte y la vida saludable reducen la presencia de la gente en los hospitales, y para ser consecuentes debemos de llevar a cabo iniciativas innovadoras como esta.

    Por todo ello proponemos al Pleno del Ayuntamiento la aprobación de los siguientes ACUERDOS​:

    Primero. Crear un grupo de trabajo conjunto entre el Servicio Municipal de Deportes y los Centros de Salud para la puesta en marcha del programa “Receta Deportiva”.

    Segundo. Realizar las necesarias reformas en la Ordenanza de precios públicos para que los usuarios con receta deportiva puedan beneficiarse de un descuento del 25%.

  • 17 de julio, 2018 - Mociones

    El Instituto de Derecho Local de la Universidad Autónoma de Madrid es un centro de investigación y formación de excelencia en el ámbito del Derecho Local. Su creación se llevó a cabo mediante el Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de mayo de 2003 con la finalidad de desarrollar la investigación en el ámbito del Derecho local, diseñar actividades de formación para los profesionales relacionados con ámbito local y prestar tareas de asistencia a los municipios madrileños.

    Desde entonces, el Instituto de Derecho Local ha centrado sus esfuerzos en el impulso de la investigación y la docencia del Derecho Local, entre las que destaca su oferta de Másteres (todos ellos títulos propios de la UAM). Para el desarrollo de estas actividades, el Instituto de Derecho Local ha suscrito convenios de colaboración con varios ayuntamientos de la Comunidad de Madrid (Alcobendas, Fuenlabrada, Madrid, Majadahonda, Rivas Vaciamadrid, Tres Cantos y
    Colmenar Viejo).

    Concretamente, en el año 2018, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha suscrito dos convenios de colaboración con el Instituto de Derecho Local:

    - El Convenio para el Programa anual de actividades que supone una aportación del Ayuntamiento de Colmenar Viejo de 14.000 euros y que se ampara en el Convenio General entre el Ayuntamiento de Colmenar Viejo y el Instituto de Derecho Local, de fecha de 16 de febrero de 2012.
    - El Convenio para el “Servicio de asesoramiento Jurídico” que supone una aportación para el Ayuntamiento de 12.100 euros.

    En la estipulación tercera del Convenio General se establece que el Instituto reservará hasta un máximo de dos plazas en cada uno de los másteres que imparte para el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, asumiendo el Instituto el 30 por 100 del coste de cada una de las dos matrículas.

    Actualmente se imparten tres títulos propios de la Universidad Autónoma de Madrid: en “Derecho y Administración Local”, en “Contratación Pública Local” y en “Tributación y Gestión Presupuestaria Local”. Esta cláusula que ofrece a los empleados del Ayuntamiento de Colmenar Viejo la oportunidad de ser becados con un 30% del coste de máster, se viene repitiendo en los convenios desde el año 2012. Sin embargo, se ha utilizado en contadas
    ocasiones.

    El Grupo Municipal de Ganemos Colmenar entiende que esto se debe a la falta de difusión de esta posibilidad entre los trabajadores municipales que cumplan los criterios de admisión.

    Por otro lado, es importante aprovechar las posibilidades que nos brindan los convenios. Por ese motivo, en el caso de que no se utilicen las becas del Instituto de Derecho Local por parte de los trabajadores municipales, creemos conveniente que no queden desiertas, y por tanto, puedan ser disfrutadas por cualquier vecino de Colmenar Viejo.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR propone quese adopte los siguientes ACUERDOS:

    PRIMERO: Difundir adecuadamente entre todos trabajadores municipales las becas ofrecidas por Instituto de Derecho Local.

    SEGUNDO: Elaborar unas instrucciones para baremar las solicitudes los vecinos para disfrutar de las becas del Instituto de Derecho Local de las que dispone el Ayuntamiento de Colmenar Viejo.

  • 14 de junio, 2018 - Mociones

    Desde 2014 los locales de juego y apuestas han crecido un 140% en la Comunidad de Madrid, particularmente en las arterias comerciales y en todos los barrios y poblaciones de la Comunidad. Según un informe de la Dirección General de Ordenación del Juego, el cliente potencial ha cambiado en el transcurso de los años, algo que las empresas del juego conocen perfectamente. Actualmente el cliente tipo es el de un varón de entre 18 y 43 años con necesidad de conseguir dinero rápido. Ello explica la expansión, particularmente de las casas de apuestas deportivas, que han logrado alcanzar una gran popularidad entre la juventud gracias a los patrocinios de equipos de fútbol y publicidad en medios de comunicación. El estudio de “Percepción social sobre el juego de azar en España”, del Instituto de Política y Gobernanza de la Universidad Carlos III de Madrid, concluye que las apuestas deportivas atraen especialmente a jóvenes de entre 18 y 24 años.

    Colmenar Viejo no ha sido ajeno a la proliferación de este tipo de negocios. Podemos ver la mayoría de ellos en el entorno de la calle Real y la Plaza del Pueblo, a escasa distancia unos de otros, además de en zonas comerciales.

    Por lo general, el riesgo que entraña el juego pasa desapercibido, atrayendo a clientes muy jóvenes desconocedores de estar realizando una actividad que, si no se practica con responsabilidad, puede llegar a desembocar en una adicción. Que el jugador patológico medio se encuentre en 25 años es la constatación de esta realidad.

    La proliferación de las casas de apuesta, además, no repercute de ningún modo en la activación de la economía local, sino todo lo contrario. No genera prácticamente empleo, ya que los dispositivos electrónicos de juego son prácticamente autónomos. Además, retrae la capacidad económica de las familias y fomenta una actividad como las apuestas que, principalmente en su aplicación online, no genera apenas ingresos tributarios al Estado, pues sitúan sus sedes fiscales fuera de nuestro país. Por otro lado, las casas de apuestas también perjudican gravemente el negocio local hostelero debido a una agresiva competencia desleal, con unos precios muy bajos, con el objetivo exclusivo de atraer clientes, ya que el beneficio no reside en el servicio hostelero, sino en la actividad de apuestas.

    En 1992 la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconocía la ludopatía como un trastorno, y la incluía en su Clasificación Internacional de Enfermedades. La gran mayoría de psiquiatras de España identifican la ludopatía como un trastorno de control del impulso. Numerosos ensayos clínicos demuestran que se trata de una condición que afecta gravemente no sólo al individuo, sino a todo su entorno familiar, laboral, y de amistades, con consecuencias económicas y emocionales que sobrepasan al propio enfermo.

    Es importante que la Administración asuma con determinación una situación que puede desembocar en un problema social de envergadura. Los Ayuntamientos tienen una gran responsabilidad a la hora de incorporar mecanismos que protejan a la población más vulnerable y garanticen el bienestar del conjunto de los vecinos.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte los siguientes ACUERDOS:

    PRIMERO: Que el Ayuntamiento de Colmenar Viejo elabore una campaña de sensibilización sobre los riesgos del uso irresponsable de las apuestas y juegos de azar.

    SEGUNDO: Que se estudie la posibilidad de limitar el aumento descontrolado de los locales de juego en el municipio.

  • 14 de junio, 2018 - Mociones

    La aglomeración de multitudes durante la celebración de fiestas populares, eventos o conciertos, junto con el consumo de alcohol y/o drogas favorece la multiplicación de comportamientos que se traducen en agresiones contra la indemnidad sexual de las mujeres, debido a la sensación de impunidad que provoca la dificultad de identificar a los agresores en eventos que implican una gran concentración de público; junto con la presencia de patrones machistas de comportamiento que construyen una imagen de la mujer como un mero objeto sexual.

    La existencia de este tipo de comportamientos constriñe la posibilidad de las mujeres de desenvolverse en condiciones de plena libertad, lo que supone un vulneración evidente de derechos fundamentales, tales como la integridad física, el derecho a la igualdad, o el libre desarrollo de su personalidad.

    La presencia constante de patrones de comportamiento machista supone la normalización de un contexto social en el que las mujeres sufren situaciones de acoso y agresiones sexuales que se ponen de manifiesto de las más diversas formas, desde el piropo no consentido al insulto, o incluso por medio de agresiones físicas y abusos sexuales de toda índole.

    En las últimas fechas, los sucesos relacionados con agresiones sexistas en eventos que implican grandes concentraciones de público se han mostrado con toda su crudeza en fiestas tan populares como los “sanfermines”, o en fechas más recientes con la clausura del Festival Brávalla, -el festival de música más importante de Suecia- debido a que en su última edición se produjeron cuatro violaciones y veintitrés agresiones sexuales.

    Las Administraciones Públicas, como garantes de los derechos y libertades que incorpora nuestro sistema constitucional, no pueden permanecer impasibles ante situaciones tan deleznables como las descritas, lo que implica la adopción de una actitud proclive a la adopción de medidas de carácter preventivo y reactivo frente a la manifestación de cualquier tipo de agresiones o comportamientos sexistas que menoscaben los derechos y libertades de la mujer.

    Así, Ayuntamientos como el de Pamplona o Elorrio han adoptado protocolos, programas y medidas específicas contra la proliferación de comportamientos y agresiones sexistas en fiestas y eventos que supongan grandes concentraciones de público.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte los siguientes ACUERDOS:

    PRIMERO: ​La redacción de un Protocolo para la Prevención y Protección contra Agresiones sexistas, por parte de los servicios municipales, en colaboración con asociaciones, organismos o instituciones que tengan por objeto la promoción y defensa de políticas de igualdad.

    SEGUNDO: ​El establecimiento de puntos de prevención contra las agresiones sexistas en fiestas y eventos multitudinarios, que tendrán como finalidad la distribución de materiales informativos y la orientación y atención inmediata a posibles víctimas de agresiones sexistas o sexuales.

  • 14 de junio, 2018 - Mociones

    Como consecuencia del cese de una trabajadora municipal que estaba ocupando el puesto de TAG de personal, el GM de Ganemos Colmenar ha tenido conocimiento de las prácticas irregulares en la contratación de este Ayuntamiento.

    El régimen de nombramiento de funcionarios interinos viene regulado en el artículo 10.1 del TREBEP, que establece que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, serán nombrados funcionarios interinos para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

    a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera (en este caso, las plazas deben incluirse en la oferta de empleo público):
    b) La sustitución transitoria de los titulares.
    c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública...
    d) el exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.

    El artículo 10.3 del mismo Texto Refundido, establece que “el cese de los funcionarios interinos se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento”.

    Por tanto, no cabe fijar una fecha de término del contrato de interinidad salvo en los supuestos de que el nombramiento esté vinculado a la ejecución de un programa de carácter temporal, es decir, un contrato de seis meses por acumulación de tareas.

    Hay que tener en cuenta que el despido que nos ocupa no es caso aislado, y que estas contrataciones y ceses irregulares de funcionarios interinos han sido una práctica constante en el funcionamiento de este Ayuntamiento.

    Como consecuencia de la denuncia de Ganemos Colmenar, hemos tenido conocimiento de los pormenores de otros ceses, como el de una auxiliar administrativo de Registro General o el de un vigilante del Servicio Municipal de Deportes. Seguro que hay más.

    Por estos motivos Ganemos Colmenar apremia al Equipo de Gobierno para que regularice estas situaciones y las contrataciones respondan a los supuestos permitidos en el Estatuto Básico del Empleado Público. Lo contrario es continuar en la senda de precarización del sector público.

    Pero hay una segunda cuestión más indecente: el Partido Popular no puede utilizar artimañas fuera del Estatuto Básico del Empleado Público para despedir a trabajadores que le son incómodos. No es la primera vez que Ganemos Colmenar
    denuncia despidos provocados, y de sobra es conocida la tropelía cometida con la Directora de Servicios Sociales.

    El GM de Ganemos Colmenar pretende poner límite a estas prácticas prepotentes y caciquiles del Equipo de Gobierno en la contratación y cese de los trabajadores. El Ayuntamiento de Colmenar Viejo no es un cortijo del Partido Popular. La contratación tiene sus reglas y hay que ceñirse a ellas. No podemos permitir que sean los vecinos los que tengan que pagar los desmanes del Partido Popular en forma de indemnizaciones ganadas en los juzgados por los trabajadores injustamente despedidos.

    En el caso del despido la TAG de Personal, se da la extraña circunstancia de que la funcionaria fue cesada el viernes 18 de mayo, y el mismo día de su cese se decreta el nombramiento de un nuevo funcionario interino. El motivo era que la trabajadora despedida regresaba a la bolsa de trabajo ocupando el primer lugar debido a la puntuación obtenida en el proceso selectivo. Para evitar tener que contratarla de nuevo, era necesario acudir a la bolsa de empleo antes de que la trabajadora no deseada cesara de su puesto.

    Este expediente de contratación se tramitó en tan solo cinco días, cuando de sobra es conocida la dilación a la que el Partido Popular nos tiene acostumbrados en la tramitación del resto de expedientes. Es evidente que el efecto perseguido era no tener que contratar a la damnificada, que a partir de su cese entraría la primera en la bolsa de empleo.

    Estas prácticas no contribuyen a remediar el nefasto clima laboral existente en el Ayuntamiento.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte los siguiente ACUERDOS:

    1. Exigir al Equipo de Gobierno que regularice los procesos de contratación y que no se produzca ningún otro cese no contemplado en los supuestos tasados en el EBEP.

    2. Exigir al Equipo de Gobierno que dé cuenta en la Comisión Informativa de Hacienda y Personal de los expedientes de todas las contrataciones y ceses de funcionarios interinos.

  • 28 de mayo, 2018 - Mociones

    Como consecuencia del cese de una trabajadora municipal que estaba ocupando el puesto de TAG de personal, el GM de Ganemos Colmenar ha tenido conocimiento de las prácticas irregulares en la contratación de este Ayuntamiento.

    El régimen de nombramiento de funcionarios interinos viene regulado en el artículo 10.1 del TREBEP, que establece que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, serán nombrados funcionarios interinos para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

    a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera (en este caso, las plazas deben incluirse en la oferta de empleo público):
    b) La sustitución transitoria de los titulares.
    c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública...
    d) el exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.

    El artículo 10.3 del mismo Texto Refundido, establece que “el cese de los funcionarios interinos se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento”.

    Por tanto, no cabe fijar una fecha de término del contrato de interinidad salvo en los supuestos de que el nombramiento esté vinculado a la ejecución de un programa de carácter temporal, es decir, un contrato de seis meses por acumulación de tareas.

    Hay que tener en cuenta que el despido que nos ocupa no es caso aislado, y que estas contrataciones y ceses irregulares de funcionarios interinos han sido una práctica constante en el funcionamiento de este Ayuntamiento.

    Como consecuencia de la denuncia de Ganemos Colmenar, hemos tenido conocimiento de los pormenores de otros ceses, como el de una auxiliar administrativo de Registro General o el de un vigilante del Servicio Municipal de Deportes. Seguro que hay más.

    Por estos motivos Ganemos Colmenar apremia al Equipo de Gobierno para que regularice estas situaciones y las contrataciones respondan a los supuestos permitidos en el Estatuto Básico del Empleado Público. Lo contrario es continuar en la senda de precarización del sector público.

    Pero hay una segunda cuestión más indecente: el Partido Popular no puede utilizar artimañas fuera del Estatuto Básico del Empleado Público para despedir a trabajadores que le son incómodos. No es la primera vez que Ganemos Colmenar
    denuncia despidos provocados, y de sobra es conocida la tropelía cometida con la Directora de Servicios Sociales.

    El GM de Ganemos Colmenar pretende poner límite a estas prácticas prepotentes y caciquiles del Equipo de Gobierno en la contratación y cese de los trabajadores. El Ayuntamiento de Colmenar Viejo no es un cortijo del Partido Popular. La contratación tiene sus reglas y hay que ceñirse a ellas. No podemos permitir que sean los vecinos los que tengan que pagar los desmanes del Partido Popular en forma de indemnizaciones ganadas en los juzgados por los trabajadores injustamente despedidos.

    En el caso del despido la TAG de Personal, se da la extraña circunstancia de que la funcionaria fue cesada el viernes 18 de mayo, y el mismo día de su cese se decreta el nombramiento de un nuevo funcionario interino. El motivo era que la trabajadora despedida regresaba a la bolsa de trabajo ocupando el primer lugar debido a la puntuación obtenida en el proceso selectivo. Para evitar tener que contratarla de nuevo, era necesario acudir a la bolsa de empleo antes de que la trabajadora no deseada cesara de su puesto.

    Este expediente de contratación se tramitó en tan solo cinco días, cuando de sobra es conocida la dilación a la que el Partido Popular nos tiene acostumbrados en la tramitación del resto de expedientes. Es evidente que el efecto perseguido era no tener que contratar a la damnificada, que a partir de su cese entraría la primera en la bolsa de empleo.

    Estas prácticas no contribuyen a remediar el nefasto clima laboral existente en el Ayuntamiento.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte los siguiente ACUERDOS:

    1. Exigir al Equipo de Gobierno que regularice los procesos de contratación y que no se produzca ningún otro cese no contemplado en los supuestos tasados en el EBEP.

    2. Exigir al Equipo de Gobierno que dé cuenta en la Comisión Informativa de Hacienda y Personal de los expedientes de todas las contrataciones y ceses de funcionarios interinos.

  • 21 de mayo, 2018 - Mociones

    La cafetería del polideportivo Lorenzo Rico es una instalación municipal que lleva cuatro años cerrada. El objeto principal de esta cafetería es ofrecer servicios a los usuarios del polideportivo y sus familias, pero también a los trabajadores del Servicio Municipal de Deportes.

    Existe el inconveniente añadido de que no existe ninguna cafetería en las inmediaciones del complejo deportivo.
    Por otro lado, resulta inaceptable que contando el Ayuntamiento con una infraestructura que podría dar algunos puestos de trabajo, esta se mantenga cerrada.

    El Grupo Municipal de Ganemos Colmenar ha denunciado esta situación en repetidas ocasiones. En un primer momento, el Equipo de Gobierno informó de que previamente a la redacción de los pliegos del contrato, era preciso la implantación de un plan de autoprotección. El caso, es que seguimos a la espera. Cuatro años se nos antoja un tiempo excesivo para tramitar un expediente, lo que provoca que esta instalación municipal esté sin utilizar y no se esté prestando unservicio.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte el siguiente ACUERDO:

    Que sin más dilación se elaboren los pliegos de condiciones de explotación de la cafetería del polideportivo Lorenzo Rico.

  • 15 de mayo, 2018 - Mociones

    La Ley 39/2006, del 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia supuso un importante avance en nuestro país al suponer la creación de un sistema hasta ese momento inexistente.

    En el artículo 11 se establece la participación y las competencias de las comunidades autónomas, concretamente las de planificar, ordenar y coordinar los servicios sociales de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia, gestionar los recursos, establecer los procedimientos de coordinación, inspeccionar, evaluar.

    Es importante señalar que dicho artículo permite a las comunidades autónomas establecer nuevos niveles de protección con sus correspondientes normas de acceso y disfrute: “En todo caso, las Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 podrán definir, con cargo a sus presupuestos, niveles de protección adicionales al fijado por la Administración General del Estado en aplicación del artículo 9 y al acordado, en su caso, conforme al artículo 10, para los cuales podrán adoptar las normas de acceso y disfrute que consideren más adecuadas”.

    Por otra parte, el artículo 12 de esa misma ley establece la participación de las Entidades Locales. “Las Entidades Locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.

    Desde el año 2006 se han aprobado numerosas reformas y sobre todo decretos que han empeorado la protección que el sistema ofrecía en su diseño oficial. El RD Ley 8/2010, de Medidas Extraordinarias para la Reducción del Déficit Público modifica la Disposición Final 1a de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y establece, desde el 1 de junio de 2010, un plazo de 6 meses para resolver los procedimientos de dependencia (reconocimiento de la situación de dependencia y aprobación del Programa Individual de Atención). La fecha de efectos de la prestación queda fijada, o bien desde la fecha de aprobación del PIA, si éste se hubiera resuelto antes del plazo de 6 meses, o bien a partir del día siguiente al transcurso de dicho plazo. Antes de esta modificación, las sucesivas normas autonómicas de desarrollo de la Ley 39/2006 establecían distintos plazos para resolver cada uno de los dos procedimientos. Pero se cumplieran o no dichos plazos, la Ley fijaba los efectos de las prestaciones económicas a los 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud o desde la fecha de implantación del grado y nivel que hubiese sido reconocido, de ser posterior.

    El RD Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad tuvo como uno de los objetivos principales modificar y recortar los derechos de las personas dependientes y sus familiares siempre en pos de la estabilidad presupuestaria. En concreto, redujo las cuantías máximas de las prestaciones; supuso un aplazamiento del abono de los efectos retroactivos de las prestaciones económicas previstas en la Ley 39/2006; redujo las intensidades de protección de los servicios establecidas para cada grado de dependencia (el número de horas mensuales que le corresponden a cada dependiente de Servicio de Ayuda a Domicilio); se extinguieron los Convenios especiales en el Sistema de la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia; desaparecieron los niveles (1 y 2) dentro de los Grados de Dependencia (queda configurado en Grado I, Grado II y Grado III): y a partir de la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-ley, las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales quedaron sujetas a un plazo suspensivo máximo de dos años a contar desde la fecha de la resolución de reconocimiento de la prestación o, en su caso, desde el transcurso del plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud sin haberse dictado y notificado resolución expresa de reconocimiento de la prestación, plazo que se interrumpirá en el momento en que el interesado empiece a percibir dicha prestación.

    Se sumaron a los cambios propios de la ley de dependencia los de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que supuso un recorte de competencias y de financiación a los gobiernos locales, pero además que en su disposición transitoria segunda de asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias relativas a servicios sociales establecía que “Con fecha 31 de diciembre de 2015, en los términos previstos en las normas reguladoras del sistema de financiación autonómica y de las Haciendas Locales, las Comunidades Autónomas asumirán la titularidad de las competencias que se preveían como propias del Municipio, relativas a la prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. Las Comunidades Autónomas asumirán la titularidad de estas competencias, con independencia de que su ejercicio se hubiese venido realizando por Municipios, Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, o cualquier otra Entidad Local”. Esta disposición transitoria fue declarada anticonstitucional por el Tribunal Constitucional pero aun así supuso una excusa para ahogar más a los municipios y retirarles competencias y autonomía política para desarrollar los servicios sociales.

    Tres años más tarde en nuestra comunidad el sistema de atención a la dependencia y promoción de la autonomía personal está cada día en una situación más grave e insostenible. Una situación de colapso ante el incumplimiento por parte del Estado del compromiso de financiación del 50% con las Comunidades Autónomas y por parte de las CCAA del compromiso de garantizar la protección a las personas dependientes.

    En julio del 2017 el gobierno de la Comunidad de Madrid mandó dos cartas a los municipios, una sobre el servicio de teleasistencia y otra sobre el servicio de ayuda a domicilio. Respecto de la teleasistencia les comunicaban que a partir de esa fecha dejarían financiar este servicio a las personas no dependientes. Sobre el SAD que debía soportar la interminable lista de espera hasta la reorganización del sistema.

    Estas políticas se han traducido en un aumento de las listas de espera del conjunto de los servicios de dependencia, sobrecargando a los municipios, que están atendiendo a dependientes que teniendo reconocida la prestación en su Programa Individual de Atención, no acceden a los servicios.

    Por otro lado, hasta el año 2017, la valoración del grado de dependencia venía realizándose desde los municipios mediante una encomienda de gestión articulada en los convenios de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos de nuestra región. Esto permitía que las valoraciones se realizaran desde lo cercano y por el trabajador social que era conocedor de la situación social de las familias. Inexplicablemente, en los convenios de 2018 desaparece esta encomienda de gestión encargándose la Comunidad de Madrid de valorar la situación de dependencia.

    La consecuencia es que los municipios cada vez tienen menos competencias y menos recursos para atender a las personas más vulnerables. Y esta situación hay que revertirla.

    Los cuidados a las personas dependientes son necesarios para el funcionamiento de la sociedad y la vida de millones de personas. Los poderes públicos no están haciendo frente al reto del envejecimiento de la población y a la sobrecarga a familias y sobre todo a las mujeres de los cuidados que el Estado no garantiza, aunque debería.

    En nuestro país y en la Comunidad de Madrid hay un modelo de cuidados obsoleto, ineficiente, insostenible y sobre todo injusto. El gobierno de la Comunidad de Madrid tiene que garantizar los derechos de las personas dependientes y avanzar con los municipios hacia unos servicios sociales de cercanía y proximidad desde lo local, y como el conjunto de los poderes públicos tenemos que avanzar hacia una reorganización social de los cuidados.

    Por todos estos motivos, el Grupo Municipal de GANEMOS COLMENAR PROPONE que se adopte los siguiente ACUERDOS:

    1. Instar al Congreso de los Diputados a restituir los derechos de las personas dependientes a niveles previos a las modificaciones legislativas que dieron lugar a los recortes en atención a la dependencia.

    2. Instar a la Asamblea de Madrid a elaborar un plan sobre un sistema de reorganización de los cuidados, sostenimiento de la vida y atención a las personas dependientes que incluya objetivos, indicadores de evaluación y un aumento presupuestario.

    3. Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a articular un sistema en el que los municipios se hagan cargo de la valoración del grado de dependencia, y de la gestión de los servicios de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia, tanto de personas dependientes como no dependientes.

    4. Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a modificar los convenios con los municipios para aumentar la financiación a los ayuntamientos y que éstos puedan hacer frente a la atención a las personas dependientes.