El 27 de febrero de 2020 el Pleno de Colmenar Viejo aprobó inicialmente por unanimidad la “Ordenanza Municipal sobre el uso de todo tipo de vehículos de movilidad personal”, que suponía un paso adelante en la regulación de todos los nuevos vehículos de movilidad personal, que cada vez se ven más en las calles de nuestro municipio y de todo el país.
A pesar de estar de acuerdo con la Ordenanza propuesta, Ganemos Colmenar ha recibido quejas de vecinas y vecinos de Colmenar sobre que ciertos aspectos de la Ordenanza están provocando algunos conflictos fácilmente resolubles con una pequeña modificación del texto de la Ordenanza.
La interpretación de los artículos 26 y 27 de la Ordenanza ha sido bastante discutida en cuanto a si cabe, o no, utilizar bicicletas con remolques, semirremolques, caja delantera y otros elementos (siempre que estén certificados u homologados) para el transporte de niñas y niños.
En aras de evitar posibles conflictos, y con el fin de fomentar el uso de medios de transporte sostenibles, como es la bicicleta, Ganemos Colmenar entiende que es necesario dar una nueva redacción a la Ordenanza y permitir expresamente que se pueda transportar a menores en bicicletas en remolques, semirremolques u otros elementos, siempre que estos elementos estén debidamente homologados o certificados, y se cumpla con la normativa de circulación.
Esto no solo lo permite el Reglamento General de Circulación, sino que está expresamente permitido en las Ordenanzas de municipios como Sevilla, Gijón, Barcelona, Madrid, o el vecino municipio de Tres Cantos, entre otros muchos.